Novedades fiscales para empresas en 2020: tu gestor administrativo te orienta

Este año 2020 viene con importantes novedades fiscales, tanto por la formación de un nuevo gobierno de coalición en España, como también por otras directivas provenientes de la Unión Europea. Además de ello, algunas de dichas novedades fueron aprobadas en el transcurso del año pasado, pero entran en vigor o en efecto a partir de este año en curso. Continúa leyendo y conoce un poco más sobre las medidas que van a afectar de forma directa o indirecta la actividad económica, específicamente la actividad de pymes y autónomos.

Las novedades fiscales más importantes de este 2020

Libros contables de los autónomos

Una de las novedades fiscales más importante de este 2020 son algunos cambios con respecto a la información que deben incluir los autónomos que están en el régimen IRPF. En estos casos se deberá incluir el Número de Identificación Fiscal (NIF) en la parte posterior de cualquier tipo de operación en los libros de ventas y de ingresos, así como el de compras y gastos.

Otra novedad para este 2020, respecto de los libros contables, es la obligación de apuntar la retención del IRPF y su importe en el libro de ventas y de ingresos.

IVA intracomunitario

Desde el 1 de enero entró en vigor el Quick Fixes o Soluciones rápidas, con el objetivo de equilibrar y hacer más simple el IVA de comercio intracomunitario entre diferentes bienes. Las Soluciones Rápidas modifican el Reglamento del IVA en lo referido a la justificación al momento de transportar o expedir diferentes bienes a otro país de la Unión Europea.

Conocimiento de los datos fiscales

Otra medida interesante es la posibilidad de que los empresarios podrán conocer sus diferentes datos fiscales antes de hacer la declaración de IVA. Con ello lo que se busca es que sea más sencillo para las empresas el poder detectar posibles errores y así evitar que los mismos estén presentes en la declaración final.

Fabricación de productos especiales

A partir de este año se debe llevar la contabilidad de aquellos productos de fabricación especial. En otras palabras, se trata de un impuesto sobre consumos específicos que gravan la importación, fabricación y la introducción sobre unos bienes determinados. Las empresas que fabriquen productos como tabaco o alcohol están obligadas a suministrar información electrónica de asientos contables.

Información País por País

También ha sufrido una modificación el fichero XSD del modelo 231 y el formulario conocido como Información País por País. Con ello hay que tener en cuenta que, incluso los ejercicios anteriores al año 2019 pero que sean declarados en el 2020 deberán emplear el fichero que se utiliza actualmente, y después del 10 de noviembre de 2020 se deberá utilizar el nuevo formato. En este aspecto, las declaraciones del 2019 que se hagan en el año en curso deberán utilizar el nuevo fichero.

Estas son algunas de las novedades más destacadas que se van a comenzar a emplear en el 2020. Es importante conocerlas a fondo y asesorarse bien, para no incurrir en ninguna clase de delito por omisión y falta de información.